Asunto: Modificaciones Recientes en la Legislación sobre Seguridad Social y Empleo

Por la presente, les informamos sobre las recientes modificaciones introducidas en el Real Decreto-ley 2/2024, publicadas en el BOE número 124, de fecha 22 de mayo de 2024, que afectan significativamente la legislación sobre seguridad social y empleo. A continuación, se presenta un resumen detallado de los aspectos más relevantes:

1. Simplificación y Mejora de la Protección por Desempleo

Ampliación de Cobertura:

  • Se ha eliminado el plazo de espera de un mes para solicitar el subsidio tras agotar la prestación contributiva, permitiendo el acceso inmediato a los subsidios por desempleo.

Requisitos de Acceso Simplificados:

  • Los requisitos de acceso han sido simplificados. Ahora no es necesario justificar la búsqueda activa de empleo mediante documentación adicional, bastando con una declaración responsable de rentas.

Acceso a Itinerarios Personalizados:

  • Los beneficiarios tendrán garantizado el acceso a itinerarios personalizados de empleo, diseñados para mejorar su empleabilidad y facilitar su inserción laboral.

Compatibilidad con el Trabajo:

  • Todos los subsidios por desempleo serán compatibles con el trabajo por cuenta ajena, a tiempo completo o parcial, durante un máximo de 180 días, en una o varias relaciones laborales.

2. Nuevo Permiso Parental y Modificaciones en los Permisos de Conciliación

Permiso Parental:

  • Se ha regulado un nuevo permiso parental de hasta ocho semanas, que permite a los progenitores ausentarse del trabajo hasta que el menor cumpla ocho años. Este permiso es intransferible y puede disfrutarse de manera continua o intermitente.

Permiso de Lactancia Mejorado:

  • El permiso de lactancia ha sido mejorado, permitiendo la acumulación de horas de ausencia hasta formar jornadas completas. Se elimina la condición de negociación colectiva o acuerdo con la empresa.

3. Trabajo Flexible para Empleados Públicos

Inclusión del Trabajo Flexible:

  • Se ha modificado el Estatuto Básico del Empleado Público para incluir fórmulas de trabajo flexible como un derecho para los cuidadores, garantizando su aplicación uniforme y adecuándola a las previsiones de la Directiva (UE) 2019/1158. Estas medidas facilitan la conciliación de la vida laboral y personal.

4. Compatibilidad de Subsidios y Trabajo

Compatibilidad de Subsidios:

  • Se ha establecido la compatibilidad de los subsidios por desempleo con el trabajo por cuenta ajena, a tiempo completo o parcial, durante un máximo de 180 días. Esta medida facilita la reincorporación al trabajo sin penalizar a los beneficiarios.

5. Medidas para Desempleados de Larga Duración y Personas Mayores

Estrategia Global:

  • Se elaborará una estrategia para el empleo de personas desempleadas de larga duración o mayores de 45 años, incluyendo la creación de una Comisión Interministerial para evaluar la reforma del nivel asistencial de desempleo.

Servicios de Apoyo:

  • Se asegurarán servicios y apoyo para mejorar la empleabilidad de estos colectivos mediante políticas activas de empleo.

6. Reducción de Jornadas Reales para Trabajadores Agrarios

Acceso al Subsidio:

  • Se ha reducido el número mínimo de jornadas reales cotizadas para acceder al subsidio por desempleo o a la renta agraria para trabajadores eventuales agrarios en Andalucía y Extremadura, facilitando el acceso a la protección social de estos trabajadores.

7. Reintegro de Prestaciones Indebidamente Percibidas

Procedimientos Actualizados:

  • Se han actualizado los procedimientos para el fraccionamiento y la compensación parcial de prestaciones por desempleo indebidamente percibidas, facilitando el cumplimiento de estas obligaciones para los trabajadores más vulnerables económicamente.

8. Entrada en Vigor y Disposiciones Transitorias

Medidas que entran en vigor el día siguiente a su publicación (23 de mayo de 2024):

  • Las medidas generales de simplificación y mejora de la protección por desempleo.
  • La regulación del nuevo permiso parental.
  • La mejora en el permiso de lactancia.
  • La inclusión de fórmulas de trabajo flexible en el Estatuto Básico del Empleado Público.
  • La compatibilidad de los subsidios por desempleo con el trabajo por cuenta ajena.

Medidas que entran en vigor el 1 de noviembre de 2024:

  • Las especificadas en los apartados dieciocho a veintitrés del artículo segundo del Real Decreto-ley, que incluyen detalles específicos sobre la modificación del nivel asistencial de la protección por desempleo.
  • Las disposiciones adicionales que requieren adaptación y coordinación con otros mecanismos de protección social.
  • Las disposiciones transitorias que aseguran una transición adecuada hacia los nuevos mecanismos de protección social.

Detalle de los Subsidios por Desempleo

Subsidio para Trabajadores Mayores de 52 Años

  • Cuantía: Igual al 80% del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM) mensual vigente.
  • Requisitos: Deben haber agotado una prestación contributiva o asistencial, estar inscritos como demandantes de empleo durante al menos un mes y no rechazar ofertas de empleo ni negarse a participar en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.
  • Duración y Suspensión: Este subsidio se suspenderá por las causas previstas en el artículo 271 de la Ley General de la Seguridad Social, y por no presentar la declaración anual de rentas dentro del plazo establecido.

Subsidio para Emigrantes Retornados

  • Beneficiarios: Trabajadores españoles que acrediten su condición de emigrantes retornados y cumplan requisitos específicos, como haber trabajado al menos 12 meses en los últimos seis años en países fuera del Espacio Económico Europeo.
  • Duración: Máxima de 18 meses.
  • Incompatibilidades: Este subsidio es incompatible con el trabajo por cuenta propia.

Subsidio para Víctimas de Violencia de Género o Sexual

  • Beneficiarios: Personas víctimas de violencia de género o sexual, que no tengan derecho a prestación por desempleo de nivel contributivo y cumplan otros requisitos específicos.
  • Duración y Suspensión: Se suspenderá y reanudará conforme a lo previsto en el artículo 279.1 y 2 de la Ley General de la Seguridad Social.

Subsidios por Agotamiento de la Prestación Contributiva

  • Duración: Unificada para todas las edades y mantenida proporcional al número de meses cotizados.
  • Cuantía: Introducción de una fórmula de cuantía decreciente en tres tramos, eliminando la deducción proporcional en función de las horas trabajadas a tiempo parcial.

Compatibilidad de Subsidios y Trabajo por Cuenta Ajena

  • Compatibilidad: Todos los subsidios por desempleo serán compatibles con el trabajo por cuenta ajena, a tiempo completo o parcial, durante un máximo de 180 días, en una o varias relaciones laborales.

Esperamos que esta información les sea de utilidad y quedamos a su disposición para cualquier consulta adicional que puedan tener sobre estos cambios legislativos.

Un cordial saludo.